• EPM asumirá el servicio en los departamentos de Bolívar, Cesar, Córdoba y Sucre.
  • Consorcio Energía de la Costa operará en los departamentos de Atlántico, La Guajira y Magdalena.
  • Las inversiones que deberán hacer los nuevos operadores ascienden a $8.7 billones.

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Comunicado 10 - 20 de marzo de 2020
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EPM y Consorcio Energía de la Costa operarán servicio de energía eléctrica en la región Caribe, anuncia Superservicios

 

 

Bogotá D.C., 20 de marzo de 2020. Con la adjudicación por subasta y, el próximo martes, la suscripción del contrato de adquisición de las acciones y activos de Electricaribe a las Empresas Públicas de Medellín E.S.P – EPM y Consorcio Energía de la Costa, la agente especial de Electricaribe, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y el Gobierno Nacional, concluyen con éxito la búsqueda de operadores – inversionistas para garantizar la prestación del servicio de energía y el mejoramiento de la infraestructura eléctrica en la región Caribe. Esto como parte del esquema de solución definido en el proceso de intervención de Electricaribe y su posterior liquidación.

EPM será la encargada de prestar el servicio de energía eléctrica en el segmento conocido como Caribe Mar que cubre a 1.51 millones de clientes en los departamentos de Bolívar, Sucre, Córdoba y Cesar. El Consorcio Energía de la Costa asumirá el segmento Caribe Sol con 1.21 millones de clientes en los departamentos de Atlántico, Magdalena y la Guajira.

Al finalizar la sesión de subastas del mercado de energía de la región Caribe, la superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, manifestó: “Terminó la espera y, tal como se lo propuso el presidente Iván Duque, aseguramos un proceso transparente y responsable en todas sus etapas. Desde la superintendencia ofrecimos toda la información y garantías de participación a los interesados, que hoy se concreta con el anuncio de los dos nuevos operadores que asegurarán la continuidad del servicio de energía a más de 10 millones de usuarios en la región Caribe. Durante la intervención de Electricaribe hemos asegurado los recursos para la continuidad del servicio, como es nuestra obligación constitucional, a través del Fondo Empresarial; gestionamos recursos para inversiones en el Consejo de Política Económica y Social – Conpes y lideramos la estructuración del mejor esquema de solución para que el servicio cumpla las condiciones de calidad, continuidad y cobertura que merece esta amplia zona del país.”

Los nuevos operadores asumirán los planes de inversiones y de reducción de pérdidas orientados al mejoramiento de redes, estaciones y subestaciones y de la infraestructura en general, así como la tecnificación de los sistemas de medición. 

Los montos de inversión exigidos a un horizonte de cinco años ascienden a $3.2 billones para Caribe Mar y $2.6 billones para Caribe Sol. La proyección a 10 años es de $5.0 billones para Caribe Mar y $3.7 billones para Caribe Sol.

El proceso de adjudicación se realizó esta mañana a través del mecanismo de subasta, con la presencia de la firma de auditoría EY. Las propuestas presentadas de manera digital por los dos interesados, fueron seleccionadas debido a que fueron ofertas válidas por las acciones de las nuevas empresas resultantes de la venta de activos de Electricaribe.

Lo que viene

Realizada la subasta, las firmas adjudicatarias iniciarán los trámites legales para la conformación de las dos empresas que garantizarán la continuidad del suministro del servicio de energía eléctrica. Por su parte, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios continuará el proceso de intervención de Electricaribe hasta formalizar su liquidación, conforme lo establece el marco legal.

 

audio Audio - Declaraciones Superintendente Natasha Avendaño García

video Video - Declaraciones Superintendente Natasha Avendaño García



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●       La superintendencia definió acciones para que los prestadores focalicen sus esfuerzos en garantizar la prestación de estos servicios con continuidad y calidad.

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Comunicado 11 - 27 de marzo de 2020
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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios solicitó a los prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo complementar y ajustar sus planes de emergencia y contingencia (PEC) para la vigencia 2020 con acciones encaminadas a mitigar la propagación del Covid-19 en el país. 

Mediante Circular Externa Nº20201000000114, la superintendencia recomienda, debido a la emergencia sanitaria originada por el Covid-19, que los prestadores activen y reporten los planes de 2020 ajustados al Sistema Único de Información (SUI), administrado por la entidad. Además, ordena a los prestadores que no han reportado los PEC de años anteriores, hacerlo de manera inmediata.
La superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Natasha Avendaño García, manifestó que: “El país está viviendo diferentes eventos simultáneos asociados al clima, su variabilidad ha generado reducción en los caudales de los ríos, lo que dificulta el abastecimiento de agua potable. En estos momentos de emergencia sanitaria por la presencia del virus es necesario que los colombianos cuenten con el recurso para el lavado frecuente de manos, y por eso necesitamos que los prestadores focalicen todos sus esfuerzos en garantizar la prestación del servicio con continuidad y calidad, y el primer paso para lograr esto, es que se tengan claras las estrategias en sus planes de emergencia y contingencia – PEC. Así podremos trabajar unidos para que a los ciudadanos se les suministre agua potable, particularmente en aquellos municipios con deficiencias en su prestación”. 


Dentro de las medidas contempladas en la circular externa, la Superservicios indica a los prestadores la necesidad de adelantar acciones para dar prioridad a las reparaciones de redes e infraestructura de abastecimiento del agua potable; identificar medios de potabilización del agua que será distribuida a la población por medio de soluciones alternativas y continuar con las medidas de monitoreo de calidad de la misma; realizar seguimiento continuo a las condiciones y comportamiento de las fuentes hídricas abastecedoras, así como preparar las medidas correctivas o contingentes que se adoptarán frente a la disminución de los caudales y cantidad del recurso hídrico. Igualmente, mantener actualizado el inventario de material y equipamiento para asegurar la operatividad de su infraestructura (carrotanques, tanques fijos, fuentes alternas, motobombas, entre otras).  

En cuanto a los sistemas de alcantarillado se requiere mantener libres de desechos sólidos, basuras o sedimentos, los sumideros, canales de drenaje, estructuras de alivio, pozos de inspección y estructuras complementarias de tal manera que no se conviertan en focos de contaminación y riesgo para la salud de los usuarios y operarios del prestador.  

A las empresas prestadoras del servicio de aseo, la entidad recomienda determinar las áreas de alto tráfico peatonal para realizar lavado con frecuencia semanal como mínimo. Evaluar frecuencias adicionales de recolección y transporte de residuos sólidos no aprovechables, y de barrido y limpieza de vías y áreas públicas para afrontar la emergencia sanitaria. Asegurar el uso de los elementos de protección personal necesarios para evitar contagios del Covid-19. A las organizaciones de recicladores, la entidad solicitó tomar medidas para evitar que los operadores manipulen o abran bolsas de color negro o rojo, o incluso aquellas de cualquier color en las que se sospeche puedan contener residuos como papel higiénico, pañuelos, guantes, entre otros.  

Finalmente, la Superservicios hace un llamado a los colombianos para hacer uso racional de los servicios públicos domiciliarios y separar correctamente los residuos sólidos en sus hogares.

Circular Externa Nº20201000000114 Circular Externa 20201000000114



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  •  A partir del 2 de abril se reanudan términos procesales de las actuaciones administrativas de la entidad.
  • La entidad atenderá las peticiones, quejas, reclamos y denuncias de los usuarios en sus canales telefónicos y virtuales.

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Comunicado 12 - 02 de abril de 2020
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Bogotá D.C., 2 de abril de 2020. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) informa a toda la comunidad que, a partir de hoy, reanuda los términos procesales de todas las actuaciones administrativas que lleva en curso la entidad.

La decisión fue adoptada mediante Resolución 20201000009965 del 1 de abril, con el fin de dar continuidad a los trámites que adelanta la superintendencia frente a los usuarios y prestadores de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas. De esta manera, se levanta la suspensión de términos establecida en la Resolución 20201000009755 del pasado 25 de marzo, expedida en el marco de la emergencia sanitaria y las directrices impartidas por el Gobierno Nacional para contrarrestar la expansión del Covid 19 en el país.

Todo trámite de envío y recepción de comunicaciones y actuaciones relacionadas con los términos procesales se hará a través del correo electrónico sspd@superservicios.gov.co.

Asimismo, la superintendencia mantuvo la suspensión de la atención presencial al público en todas sus sedes hasta el próximo lunes 13 de abril. La entidad atenderá las denuncias, peticiones, quejas y reclamos a través de sus canales telefónicos y virtuales:

●       Línea de atención gratuita 01 8000 910 305.

●       Línea de atención en Bogotá (1) 691 3006.

●       Plataforma de trámites y servicios “TeResuelvo”https://teresuelvo.superservicios.gov.co/.

Y en los correos electrónicos de sus direcciones territoriales:

●       dtnorte@superservicios.gov.co - Barranquilla 

●       dtcentro@superservicios.gov.co - Bogotá

●       dtoriente@superservicios.gov.co - Bucaramanga

●       dtoccidente@superservicios.gov.co - Medellín

●       dtsuroccidente@superservicios.gov.co - Cali

La superintendencia informa, además, que se encuentra trabajando permanentemente en la adopción de medidas que garanticen la correcta prestación de los servicios públicos durante el periodo de emergencia sanitaria, social, económica y ecológica decretada por el Gobierno Nacional.  



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  • Las administraciones municipales y distritales cuentan con herramientas legales para asegurar el suministro de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo a poblaciones vulnerables, sin que esto represente gratuidad en su prestación.

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Comunicado 13 - 08 de abril de 2020
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Bogotá D.C., 7 de abril de 2020. Con el fin de orientar a los alcaldes frente a sus iniciativas de prestar los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo sin costo a poblaciones vulnerables, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarias presentó las consideraciones a tener en cuenta por las autoridades locales, en el marco de los lineamientos constitucionales y legales que les aplican.

Mediante la Circular Externa 20201000000144 del 6 de abril de 2020, la superintendencia recuerda a los alcaldes que, en caso de que sus administraciones planteen la prestación sin costo de estos servicios públicos a algunos sectores de la población, es necesario asegurar el pago, mediante subsidios u otras medidas, de los costos y gastos en que incurren los prestadores públicos, mixtos o privados para proveerlos.

Para tal efecto, la Ley 142 de 1994 señala a los alcaldes que, en su calidad de garantes de la prestación de estos servicios, están en capacidad de:  

  • Disponer los recursos para el otorgamiento de subsidios a los usuarios de menores ingresos.
  • Apoyar financieramente a los prestadores de los servicios públicos de acueducto, aseo y alcantarillado con el fin mantener la continuidad y calidad en la prestación de los mismos.
  • Coordinar con los entes departamentales o con el orden nacional la gestión de recursos técnicos, financieros y administrativos con el fin de mantener la provisión de los servicios y sostenibilidad financiera de los prestadores. 
  • Implementar medios alternos de aprovisionamiento para suministrar el acceso al agua potable.  

Conforme a las disposiciones adoptadas por el Gobierno Nacional en materia de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo mediante el Decreto 441 del 20 de marzo de 2020, la superintendente, Natasha Avendaño García, señaló que “El gobierno ha establecido diferentes medidas para apoyar a usuarios con menores ingresos; y la iniciativa de los alcaldes es de resaltar en estos momentos de emergencia que vive el país. Por eso, desde la superintendencia queremos manifestarles que para hacerlas efectivas es necesario aplicar las alternativas legales que tienen a su alcance para beneficiar a sus poblaciones, teniendo en cuenta el marco constitucional y jurídico que señala que la prestación de los servicios públicos domiciliarios no tiene carácter gratuito”.

Estas consideraciones también aplican a la reconexión y reinstalación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo a favor de aquellos usuarios que presentaban cortes y suspensiones del servicio por razones distintas al fraude.

 

pdf Circular Externa 20201000000144



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