Información para población vulnerable

 

Imagen de población vulnerable

 

 

En la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios promovemos la inclusión y el acceso a nuestros servicios por parte de las personas en condición de discapacidad y grupos étnicos.

Orientamos nuestros procesos de atención y participación ciudadana con enfoque diferencial, mediante la capacitación continua de nuestro personal y el apoyo de convenios que faciliten el servicio a todos los grupos poblaciones.

A continuación, encontrará criterios normativos que aplican a la población vulnerable y las acciones adelantas por la entidad.

MARCO NORMATIVO

“Para la recepción y radicación de las peticiones presentadas verbalmente, la entidad deberá, directamente o a través de mecanismos idóneos, adoptar medidas que promuevan la inclusión social de personas en situación de vulnerabilidad o por razones de discapacidad, especial protección, género y edad”. Decreto 1166 de 2016, artículo 2.2.3.12.8.

 

POBLACIÓN VULNERABLE

NORMAS

Niños, niñas, adolescentes

  • Constitución Política de Colombia, artículos 13 y 47.

  • Ley 1098 de 2006. Código de infancia y adolescencia.

  • Ley 019 de 2012. Artículo 13.

Adultos mayores

  • Ley 019 de 2012 Artículo 13: “Atención especial a infantes, mujeres gestantes, personas en situación de discapacidad, adultos mayores y veteranos de la fuerza pública”.

Poblaciones en situación de discapacidad

  • Constitución política 1991, Artículo 13 Igualdad de derechos y oportunidades ante la ley.

  • Ley 361 de 1997 Artículo 35. “las personas en situación de discapacidad reciban la atención social que requieran, según su grado de discapacidad”.

  • Decreto 1660 de 2003 Ministerio de transporte asegura la accesibilidad al sistema de transporte público aéreo, terrestre y acuático de las personas en condición de discapacidad.

  • Decreto 1538 de 2005 Ministerio de ambiente vivienda y desarrollo territorial, establece las condiciones de accesibilidad al espacio público urbano, equipamiento de uso y servicio al público.

  • 2006 Icontec elabora un compendio de normas técnicas de accesibilidad.

  • Ley 1346 de 2009: “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad”.

  • Ley 019 de 2012, Artículo 13.

  • Ley 1618 de 2013 Garantiza goce pleno de los derechos de las personas con discapacidad

  • Ley 1712 de 2015 Transparencia, nombra la norma técnica NTC 6047 accesibilidad al espacio físico en espacios de servicio al ciudadano en la administración pública que ejerzan función pública.

  • 2013 Política pública de discapacidad e inclusión  social a través del documento Conpes social.

Grupos étnicos

  • Artículo 2.2.3.12.9 Decreto 1166 de 2016 “Atención de peticiones verbales en otra lengua nativa o dialecto oficial de Colombia”.

Víctimas

  • Ley 1448 de 2011 Articulo 13 “Enfoque diferencial”.

 

SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL A FAVOR DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Sentencia C-150 de 2003

Los prestadores de servicios públicos domiciliarios deben abstenerse de cualquier medida que implique la suspensión del servicio a sujetos especialmente protegidos, o que impida el funcionamiento de hospitales y otros establecimientos protegidos, o que afecte gravemente las condiciones de vida de toda una comunidad. Sentencia C-150 de 2003.

Sentencia T-201 de 2017

SU-097 de 2017

SU-217 de 2017

Otorgan a las comunidades el carácter de sujetos de especial protección constitucional.

Sentencia T-793 de 2012

Hace extensiva la determinación de garantizar el suministro de un mínimo de subsistencia para el servicio público domiciliario de energía eléctrica

 

Documentos y herramientas de apoyo

 
La Superservicios dispone de varias herramientas para facilitar la lectura y escucha a los ciudadanos con alguna condición de discapacidad visual y/o auditiva. Están disponibles en la barra ubicada en el margen lateral derecho de este portal web. Permite adaptar el sitio para permitir su lectura y visualización mediante las siguientes opciones:
 
  • Alto contraste
  • Bajo contraste
  • Aumento tamaño de letra
  • Disminución del tamaño de letra

 

También puede utilizar el portal Convertic del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – Mintic, que facilita el acceso a lectores de pantalla y magnificador de textos a la población con discapacidad visual.  Ingrese a Convertic

Ingrese a Convertic

 

 

En la Superservicios incluimos lengua de señas colombiana en los videos de la entidad y nuestros gestores de servicio han sido capacitados para dar atención a las personas en situación de discapacidad auditiva. También contamos con el apoyo del Centro de Relevo, una plataforma creada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones- MINTIC y la Federación Nacional de Sordos de Colombia -Fenascol. Ofrece servicios gratuitos a la población sorda para:

  • Comunicarse con cualquier persona oyente en todo el país.
  • Solicitar el servicio de interpretación cuando necesiten ser atendidos en las diferentes instituciones o entidades del país.

 

Consulte los videos informativos de la Superservicios y utilice el Centro de Relevo cuando requiera comunicación especial con la entidad.

 

Carta de trato digno al ciudadano

Video Institucional Superservicios
Conozca a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios de Colombia, entidad estatal encargada de la inspección, vigilancia y control de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas.

 

 

 

Los niños y niñas también son parte de la Superservicios, por eso creamos un espacio interactivo y lúdico especial para ellos. Los invitamos a conocernos y a convertirse en “Guardianes de los servicios públicos”.

 

 

 

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Fecha última de actualización: 15 de abril de 2024