Control interno

Control interno

 

La Oficina de Control Interno está definida en la Ley 87 de 1993, como “uno de los componentes del Sistema de Control Interno, del nivel directivo, encargada de medir la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la alta dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.

El Sistema de Control Interno es un instrumento que busca facilitar que la gestión administrativa de las entidades y organismos del Estado logren el cumplimiento de la misión y los objetivos propuestos de acuerdo con la normatividad y políticas del Estado. En este orden de ideas a la Oficina de Control Interno como elemento asesor, evaluador y dinamizador del Sistema de Control Interno le corresponde desarrollar los siguientes roles:

• Liderazgo estratégico.
• Enfoque hacia la prevención.
• Evaluación de la gestión del riesgo.
• Relación con entes externos de control.
• Evaluación y seguimiento.

El Sistema de Control Interno de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios utiliza como instrumento principal el Manual Técnico del Modelo Estándar de Control Interno, el cual hace parte integral del Decreto 943 de 2014 que actualizó el Modelo Estándar de Control Interno (MECI); y los procesos y mecanismos de control de la entidad se enmarcan en el Sistema Integrado de Gestión y Mejora - SIGME .

 

 

Planes de mejoramiento

Informes de auditoría

Informes de ley

 


Fecha última de actualización: 18 de marzo de 2024