- FONECA será el nuevo fondo administrado por Fiduprevisora para efectuar el pago de las pensiones y los beneficios prestacionales de los extrabajadores de Electricaribe.
- A través de esta figura, el Gobierno Nacional cumple su promesa de asumir la totalidad del pasivo pensional y prestacional de más de 3.000 pensionados
Barranquilla, 9 de marzo de 2020. El Gobierno Nacional, a través de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, suscribió un contrato de fiducia mercantil con la Fiduprevisora S.A. para dar cumplimiento al artículo 315 del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” que autoriza a la nación a asumir la totalidad del pasivo pensional y prestacional de Electricaribe, actualmente en intervención.
Mediante este contrato se constituye el Patrimonio Autónomo del Fondo Nacional del Pasivo Pensional y Prestacional de la Electrificadora del Caribe - FONECA, que tendrá a su cargo la administración para el pago de pensiones y beneficios prestacionales para más de 3.000 pensionados de Electricaribe.
Al respecto, la superintendente, Natasha Avendaño García, manifestó que “el Fondo Nacional del Pasivo Pensional y Prestacional de la Electrificadora del Caribe - FONECA administrará los recursos destinados por el gobierno y sus rendimientos para el pago de las mesadas y beneficios prestacionales. De esta manera, el Gobierno Nacional está cumpliendo con sus compromisos para avanzar en el proceso de venta de los activos de Electricaribe y solucionar de manera definitiva la problemática en la prestación del servicio de energía a más de 10 millones de usuarios en la región Caribe”.
En el contrato mercantil suscrito entre la Superservicios y Fiduprevisora, se estableció la creación de una Unidad de Gestión exclusiva, la cual hará reconocimiento de los derechos pensionales, las reliquidaciones pensionales, las liquidaciones de la nómina y el pago del pasivo pensional y prestacional. Además, los beneficiarios contarán con las oficinas de Fiduprevisora en las ciudades de Barranquilla, Cartagena, Montería y Riohacha y con las que se crearán en Sincelejo, Santa Marta, Valledupar y Magangué.
Por su parte, Gloria Inés Cortés, presidente de Fiduprevisora, entrega un parte de tranquilidad a los pensionados afirmando que no se afectará de ninguna manera el servicio que se viene prestando. “Estamos trabajando para que la transición sea en el menor tiempo posible y garantizando la oportunidad en los servicios. Podemos asegurar que FONECA será administrado de una manera idónea, transparente y eficiente”.
Fiduprevisora S.A. es una Sociedad de Economía Mixta de carácter indirecto y del orden nacional, sometido al régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado. Se encuentra vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y está sujeta al control fiscal reglamentado por la Contraloría General de la República. Además, cuenta con más de 30 años de experiencia en la administración y pago de pasivos pensionales en distintas ciudades del país.
Para el ciudadano
Más cerca de Colombia
- Con estas medidas se busca mantener la calidad y continuidad en la prestación de los servicios públicos.
- Llamado a prestadores para proteger la salud de sus colaboradores y usuarios fortaleciendo la atención en canales virtuales y telefónicos.
- Superservicios suspende términos de actuaciones administrativas hasta el 20 de marzo.
Bogotá D.C., 17 de marzo de 2020. Para afrontar la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional por la presencia del Covid 19 en Colombia, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios impartió orientaciones a las empresas vigiladas con el fin de mantener niveles adecuados en la prestación y atención de sus usuarios en todo el país.
La superintendencia indica a las empresas que deben atender las recomendaciones emitidas por la presidencia de la república y las autoridades locales, dirigidas a evitar el contagio de sus colaboradores, sin afectar la prestación, en condiciones de continuidad y calidad, de los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas.
Mediante la Circular Externa 20201000000084, y en el marco de las disposiciones del gobierno, la entidad recomienda a los prestadores realizar inventarios y adquisiciones para evitar desabastecimiento de insumos necesarios para el suministro y tratamiento del agua; cancelar todos los eventos presenciales internos y externos; adoptar el trabajo en casa para las personas que presenten patologías o que representen factores de riesgos; promover la desinfección de los espacios de trabajo; suministrar los elementos de protección personal a los funcionarios, entre otras.
La superintendente, Natasha Avendaño García, manifestó que los prestadores de servicios públicos tienen un rol relevante en las acciones necesarias para combatir y minimizar la propagación de este virus, y señaló que: “Con el fin de garantizar niveles de aislamiento adecuados para los usuarios y para el personal de las oficinas de atención de las empresas, los prestadores deben fortalecer sus canales de atención virtuales y telefónicos, limitando la atención física en la medida de lo posible. En todo caso, deberán garantizarse el debido proceso para el trámite de las peticiones, quejas y recursos”.
En caso de no contar con los medios para adoptar medidas de atención virtual, la entidad recomienda a los prestadores reorganizar los grupos y turnos de trabajo para evitar la concentración de personas en un mismo sitio e instruir al personal para que mantengan, al menos, un metro de distancia entre sí y evitar los saludos con contacto físico.
Superservicios suspende términos y cierra oficinas de atención presencial hasta el 23 de marzo
Mediante la Resolución 20201000009485, la superintendencia suspendió los términos de sus actuaciones administrativas entre el 16 y el 23 de marzo. La medida podrá ser prorrogada en razón a disposiciones adicionales que se adopten durante la emergencia. De igual manera, la entidad cerró los Puntos de Atención Superservicios, garantizando la atención de los usuarios en sus canales virtuales desde la plataforma http://teresuelvo.
Circular Externa 20201000000084