• Presuntamente, Enel Colombia desconoció el real costo de oportunidad (valor del agua) en el que incurrió para generar su energía ofertada.
  • Dicho comportamiento distorsionó el mercado de energía eléctrica al afectar el precio de bolsa en el país y, por ende, las tarifas de energía.

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Comunicado 02 - 03 de enero de 2023
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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) inició investigación administrativa y sancionatoria contra la empresa de energía Enel Colombia S.A. ESP  por los precios de energía que oferta en bolsa.

La Superservicios, a través de la Delegada para Energía y Gas Combustible en su ejercicio de seguimiento a los precios de bolsa, advirtió previamente un comportamiento irregular por parte de Enel al incumplir lo señalado en el artículo 6 de la Resolución 055 de 1994 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas Combustible (CREG), que establece que: “los precios a los cuales las empresas generadoras ofrezcan diariamente su energía, deben reflejar los costos variables de generación en que estas incurran, y así, para el caso específico de la generación hidroeléctrica deberán obedecer al costo de oportunidad del agua al momento de generar”.

La Superservicios estableció que el comportamiento irregular correspondió a la planta hidroeléctrica de Betania, planta de propiedad  de Enel Colombia, que durante varios días pese a que estaba vertiendo agua (botando), tenía un precio de oferta de energía cercano a los 900 COP1 por kilovatio, comportamiento que no obedeció al precepto regulatorio mencionado anteriormente.

Al respecto, el superintendente encargado, Orlando Velandia Sepúlveda recordó que: “si una hidroeléctrica está botando agua tendrá un costo de oportunidad mínimo y por ende, sus precios de oferta de energía deben ser bajos y no como lo hizo Enel Colombia”.

De igual forma, este comportamiento generó una posible distorsión del mercado de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Resolución 080 de 2019, que orienta a los agentes del mercado a: “…Desarrollar sus actividades con lealtad, idoneidad, profesionalismo, honorabilidad y diligencia, lo cual implica el sometimiento de su conducta a las diversas normas que regulan su actividad, sin utilizar mecanismos, estrategias o cualquier otro instrumento que tenga capacidad, el propósito o el efecto de distorsionar el funcionamiento eficiente del mercado”.

Bajo estos indicios, la Superservicios inició investigación administrativa sancionatoria y formuló un cargo contra la empresa Enel Colombia por haber, presuntamente, desconocido los principios del marco regulatorio del mercado de bolsa de energía en una de sus plantas de generación al momento de la oferta al sistema.

Este caso, sumado a los más recientes cuestionamientos por los incrementos inusuales en los precios de bolsa en momentos de mayor lluvia en el país y con embalses con niveles que superan los promedios históricos, llevaron a la Superservicios a sugerir una revisión de los aspectos que regulan la generación de la energía en Colombia, particularmente a las resoluciones expedidas por la CREG entre 1994 y 1995, que aún están vigentes.

Haremos seguimiento permanente al comportamiento de los agentes para determinar la razonabilidad y consistencia de los parámetros y variables utilizados al momento de ofertar energía, o de prestar servicios en cada eslabón de la cadena (Generación, Transmisión, Comercialización y Distribución) solicitando la intervención de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para que, en el marco de sus competencias, pueda determinar si dichos comportamientos pueden tener sanciones desde la garantía de la libre competencia”, manifestó el superintendente (e), Orlando Velandia Sepúlveda.

JAS/OVS/VP
 


1Pesos colombianos.



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  • “Nos abstenemos a hacer la transferencia de las acciones de la Triple A, hasta que un órgano de control se pronuncie en este caso la Contraloría”, dijo el presidente de SAE, Daniel Rojas Medellín.  

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Comunicado conjunto 01 - 02 de enero de 2023
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La Sociedad de Activos Especiales, (SAE), aplica el principio de precaución en la venta de las acciones de la empresa Triple A, ante las presuntas irregularidades advertidas por la entidad de un posible detrimento patrimonial en esta negociación.  

Por iniciativa de la SAE se pidió a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, realizar un análisis financiero y el cumplimiento del ordenamiento jurídico en todo el proceso de la venta de las acciones de la Sociedad de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla, Triple A; “Es una orden expresa del Presidente de la República, salvaguardar el patrimonio público, en este caso el de los barranquilleros y barranquilleras”, expresó Daniel Rojas, presidente de la SAE. 

El ejercicio de valoración financiera de la empresa  Triple A, elaborado por la Superintendencia de Servicios se hizo con base en la información financiera reportada por las empresas al Sistema Único de Información, (SUI), que recoge, almacena, procesa y pública información reportada a esta entidad por los prestadores de servicios públicos domiciliarios. 

Ante la respuesta a esta solicitud de la Superservicios, “la SAE aplica el principio de precaución, debido a las alertas de irregularidades advertidas por nuestro equipo y los entes de control”, dijo Daniel Rojas Medellín, presidente de la SAE, en rueda de prensa sobre el futuro de la Triple A. 

La SAE ante este escenario, anunció por solicitud del Superintendente de Servicios Públicos, Dagoberto Quiroga Collazos, la suspensión transitoria del contrato;  “como servidor público, mi deber es evitar que se perfeccione un presunto dolo contra el patrimonio público”, afirmó Daniel Rojas.

La venta de las acciones  de Triple A en el 2021 se fue por un valor de 565 mil millones COP, bajo la figura de la enajenación temprana. Sobre esta negociación, el presidente de SAE, dijo que “la actual administración recibió este contrato que se firmó en el 2021, pero ante las alertas en la valoración de la empresa, nuestro deber es el de  salvaguardar el patrimonio público de los barranquilleros. El negocio se hizo con una valoración de casi 800 mil millones COP, mientras la valoración de la Superintendencia es de 2.4 billones COP, lo que nos obliga a auditar este proceso”.  

Es de aclarar que en valoración hecha por la empresa Deloitte Corporate Finance en Colombia, quien actúo como asesor financiero en la venta de este activo de la SAE,  en un acto de honestidad dejo la salvedad de que el proceso de valoración se hizo de acuerdo a los supuestos pedidos por contratistas y únicamente para el proceso de enajenación.

De otra parte, el superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Dagoberto Quiroga, expresó que: “durante el estudio realizado a la valoración de la Triple A, encontraron presuntas violaciones al ordenamiento jurídico y por tal razón,  he pedido a la SAE la posibilidad de entrar a hablar con la parte contratante, a fin de revisar todos los cuestionamientos jurídicos y económicos que encierra el contrato, considerando que no ha sido tan  transparente la negociación que se ha hecho”.

Daniel Rojas, anunció al finalizar su intervención que “el próximo 12 de enero, la Contraloría General de la República, ha citado a una mesa de trabajo con todas las partes interesadas y órganos de control  para  tener claridad sobre el proceso del contrato de la venta de las acciones de la Triple A”. 



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