Estado y empresas deben reducir las brechas en el acceso al agua potable y saneamiento básico: Superservicios

  • El llamado lo hizo el superintendente Dagoberto Quiroga Collazos en Barranquilla, ante autoridades regionales y representantes de empresas del sector. 
  • La cobertura de acueducto en el país es del 72 %, en zonas urbanas es del 85 % y rurales, 39 %.
  • La cobertura promedio nacional de alcantarillado es del 65 %, 82 % en zonas urbanas y 18 % rurales. 

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Comunicado 06 - 01 de febrero de 2024
Bogotá, D.C.
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El superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, Dagoberto Quiroga Collazos, señaló que el gran propósito del Gobierno del Cambio es garantizar el acceso equitativo a los servicios de agua potable y saneamiento básico a millones de colombianos y colombianas que hoy padecen condiciones de desigualdad e inequidad en su calidad y cobertura.

El llamado lo hizo ante autoridades regionales y representantes de empresas prestadoras, asistentes al  4° Seminario de Acueducto y Alcantarillado “Gobernanza y eficiencia en la gestión del agua”, realizado  por Andesco en Barranquilla.

Con relación a los servicios de acueducto y alcantarillado, indicó que el agua es un derecho básico y el Estado tiene la obligación de garantizarlo: “Millones de colombianos y colombianas aún no tiene acceso continuo al agua potable, y están afectados por una gestión inadecuada de aguas residuales”.

Sobre el ordenamiento de los territorios, el superintendente alertó que se ha dado prioridad al cemento y la construcción: “La expansión urbana en varias ciudades y regiones del país no tiene en cuenta la oferta hídrica. Se entregan licencias de construcción sin estudios de balances hídricos, ni capacidad de redes de acueducto o alcantarillado. Esta situación se presenta en ciudades como Santa Marta, Villavicencio e Ibagué y la Sabana de Bogotá”, indicó el funcionario.

El superintendente invitó a los presentes a coordinar acciones para beneficiar y respetar los derechos de los usuarios y usuarias, centro de la gestión del Gobierno del Cambio.

Enfatizó la necesidad de reducir las brechas en la prestación de acueducto y alcantarillado que se registra entre las zonas urbanas y rurales del país, en materia de cobertura y calidad de estos servicios. Presentó, entre otras, las siguientes cifras críticas.

  • La cobertura de acueducto en el país es del 72 %, en la zona urbana es del 85 % y rural, 39 %.  La cobertura promedio nacional de alcantarillado es del 65 %, 82 % urbana y 18 % rural.
  • El 15 % de los municipios de Colombia tiene una cobertura de acueducto inferior al 30 % y apenas el 20 % llega al 90%. En las zonas urbanas, el 70% de los municipios tiene una cobertura de acueducto superior al 90%, mientras que en el campo es apenas del 17 %.
  • El 44 % de los municipios en zonas urbanas presenta algún tipo de riesgo en el agua que consumen; en los municipios ubicados en zonas rurales es del 86 %. Y el 34 % de los municipios de Colombia no tiene un sistema de potabilización de agua.
  • Apenas el 18 % de los municipios en sectores rurales tiene cobertura de alcantarillado. 18 % de las zonas urbanas no cuenta con servicio de alcantarillado. Menos de la mitad de los municipios del país tienen un sistema de tratamiento de aguas residuales.
  • El 48 % de los municipios cuenta con sistemas de tratamiento de aguas residuales. De estos, apenas el 47 % tiene plantas de tratamiento de aguas residuales, mientras que en el 53 % restante operan tecnologías menos desarrolladas como lagunas de oxidación y humedales artificiales, entre otros. 
  • Con relación al proyecto de reforma a la ley de servicios públicos que se presentará al Congreso, el superintendente manifestó que el objetivo es darle más participación al usuario en la elaboración de la regulación de los servicios, especialmente en la definición del régimen tarifario. Ofrecer condiciones más favorables a usuarios de menores ingresos. Incluir factores de solidaridad y redistribución al régimen tarifario para que no se incluyan solo los costos de las empresas; y eliminar el contrato de condiciones uniformes, entre otros aspectos.


Fecha última de actualización: 02 de mayo de 2024