"AMPLIACIÓN PLAZO PARA ACREDITAR REQUISITOS- PROCESO DE COBERTURAS MÍNIMAS VIGENCIA 2012

Mediante la Circular No. SSPD 20135000000164 esta Superintendencia amplió el plazo señalado en la Resolución No. SSPD 20101300015115 de 2010 al 30 de mayo de 2013 para que las entidades territoriales beneficiarias de reglaías directas y compensaciones monetarias acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 3° de la mencionada Resolución con el fin de obtener la certificación de coberturas mínimas en agua potable y alcantarillado correspondiente a la vigencia 2012

Descargue aquí la circular 201350000164"

INVESTIGACIÓN ADMINISTRATIVA EMPRESA REGIONAL DE ASEO S.A.E.S.P

En la Investigación Administrativa N.° 2012440350600203E, se profirió Resolución bajo el radicado SSPD N.° 20134400004435 de fecha 01 de marzo de 2013 contra el prestador de servicios públicos: EMPRESA REGIONAL DE ASEO S.A.E.S.P.

Ver Citación de notificación personal Resolución.

NOTIFICACIÓN POR AVISO RESULTADO PROCESO CERTIFICACIÓN SGP - APSB MUNICIPIO:GUADALAJARA DE BUGA

Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia integra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerara surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.

Ver publicación pliego de cargos Guadalajara de Buga

NOTIFICACIÓN POR AVISO RESULTADO PROCESO CERTIFICACIÓN SGP - APSB MUNICIPIO:AGUA DE DIOS.

Si no pudiere hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso que se remitirá a la dirección, al número de fax o al correo electrónico que figuren en el expediente o puedan obtenerse del registro mercantil, acompañado de copia integra del acto administrativo. El aviso deberá indicar la fecha y la del acto que se notifica, la autoridad que lo expidió, los recursos que legalmente proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse, los plazos respectivos y la advertencia de que la notificación se considerara surtida al finalizar el día siguiente al de la entrega del aviso en el lugar de destino.

 

Descargue la notificación.

INFORME NACIONAL DE DISPOSICIÓN FINAL 2012

El informe nacional de disposición final, además de consolidar la información sobre el componente de disposición final en el marco del servicio público de aseo a nivel nacional; pretende ser un instrumento de apoyo a la gestión y a la toma de decisiones para los entes territoriales y otras entidades del sector según las respectivas competencias y funciones dentro del marco normativo vigente en el país.

El presente documento diagnóstico se realiza principalmente con la información reportada al Sistema Único de Información – SUI, por parte de los prestadores del servicio público de aseo (municipales, mixtos y privados).

El comportamiento del componente de disposición final varía de acuerdo a la implementación de las normas vigentes así como al resultado de la gestión de las entidades encargadas en los diferentes niveles.

Para la actualización, verificación y análisis de los datos se consideró información adicional reportada por las Alcaldías Municipales, las Corporaciones Autónomas Regionales, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Procuraduría General de la Nación y las visitas realizadas por las diferentes dependencias de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Esta confrontación de la información permitió identificar de forma más clara los tipos de disposición final utilizados, su diferenciación entre adecuados y no adecuados; así como encontrar que existen discrepancias en la información que un mismo operador entrega a las diferentes entidades.

El análisis se realiza sobre 1102 municipios, considerando que durante el periodo comprendido entre los años 2006 a 2011 se han reconocido 5 municipios nuevos: en el Departamento de Bolívar los municipios de Arroyohondo y Norosí; en el Departamento de Cauca, Guachené  y en el Departamento de Córdoba los municipios de San José de Uré y Tuchín.

Ver informe nacional de disposición final 2012

Publicación pliego de cargos ciudad capital

A continuación me permito comunicarle que en ejercicio de las funciones previstas en el

Decreto 990 de 2002, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, a través de la Dirección de Investigaciones, ha decidido abrir investigación administrativa formal en contra de la empresa CIUDAD CAPITAL SA. E.S.P. identificada con  ID. No. 3236 y NIT No. 804013883 - 1 de conformidad con el procedimiento señalado en el Capitulo lll del Título lll de la Ley 11137 de 2011, por la presunta vulneración de normas a las que están sujetos quienes presten servicios públicos domiciliarios. 

 

El Pliego de Cargos que se formula tiene como fundamento los siguientes:

 

PUBLICACIÓN CITACIÓN PLIEGO DE CARGOS

En la Investigación Administrativa No. 2012440350600189E, se profirió pliego de cargos bajo el radicado SSPD No. 20124400783261 de fecha 16 de octubre de 2012 contra la empresa CIUDAD CAPITAL S.A. E.S.P.

 

Con el fin de citar al prestador a notificarse personalmente del pliego de cargos en mención conforme a lo dispuesto en el Art. 68 de la ley 1437 de 2011, se envió oficio SSPD N° 20124400793091 de fecha 19 de octubre de 2012, a la empresa CIUDAD CAPITAL S.A. E.S.P. informándole que debía comparecer dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a la fecha de envío.

 

La citada comunicación fue remitida a la Prestadora por correo certificado el 24 de octubre de 2012, y devuelta por el correo por la causal “CERRADO”.

Por lo anterior y con el animo garantista se procedió a enviar nueva citación a otra dirección con la que contaba esta entidad, con el fin de lograr la notificación personal de la prestadora, la cual se generó mediante oficio SSPD N° 20124400948591 07 de diciembre de 2012 y nuevamente el correo devuelve los oficios con la causal “NO EXISTE NUMERO”.

 

INFORME TÉCNICO SOBRE SISTEMAS DE AGUAS RESIDUALES EN COLOMBIA LINEA BASE 2010

En 2011, y con el objetivo de plantear una línea base del indicador de caudal tratado de aguas residuales municipales al año 2010 y de realizar un seguimiento anual del mismo indicador, la SSPD dio inicio al proyecto denominado “Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales”. Este estudio consistió en la actualización de la información, sobre sistemas de tratamiento de aguas residuales, publicada en el informe de alcantarillado 2008. La metodología ejecutada para la realización del estudio combinó la ejecución de diferentes actividades, las mismas que permitieron la publicación de los datos expuestos en este documento.

Además, el proyecto contribuye al seguimiento de lo planteado en el Plan de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos”; en donde se establecen lineamientos, políticas y estrategias para el mejoramiento del sector de agua potable y saneamiento básico. En dicho plan se priorizan inversiones en saneamiento en las cuencas de los ríos Bogotá, Cauca, Medellín, Chinchiná, Chicamocha, Otún- Consota y Fonce y en la Laguna de Fúquene; esto con el objetivo de mejorar la calidad del agua vertida a los cuerpos hídricos receptores, manejar adecuadamente las aguas lluvias en zonas urbanas y reducir la contaminación.

 

Producto de la información levantada en las visitas realizadas por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD, se concluye que actualmente en Colombia se presentan significativos rezagos en el tratamiento de aguas residuales municipales. La Superintendencia de Servicios Públicos hace un llamado a la ejecución de un trabajo conjunto con las diferentes instituciones relacionadas con el tema (Corporaciones, Ministerios, Procuradurías, Contralorías, Alcaldías, empresas), con el propósito de enfocar esfuerzos en la realización de actividades que deriven en el mejoramiento la calidad del agua vertida a cuerpos hídricos receptores y por ende al cumplimiento de lo expuesto en el Plan de Desarrollo 2010-2014 “Prosperidad para todos” y la normatividad existente.

 

Ver informe 

 

Informe Nacional de Turbiedad en acueductos de poblaciones mayores a 100.000 habitantes

INFORME NACIONAL DE TURBIEDAD EN ACUEDUCTOS DE POBLACIONES MAYORES A 100.000 HABITANTES

 

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Resolución 2115 de 2007, presenta los resultados del análisis del comportamiento de la Turbiedad en el agua distribuida por los sistemas de acueducto en poblaciones con más de 100.000 habitantes

 

De acuerdo con la resolución 2115 de 2007, los prestadores del servicio de acueducto deben suministrar agua con un nivel de turbiedad menor a 2 UNT (unidades nefelométricas de turbiedad, es la forma de medir la turbiedad), pero debido a que varios sistemas de acueducto no estaban preparados para alcanzar este nivel de calidad del agua, la misma resolución permitió un tiempo de transición donde se exigía que la turbiedad fuese menor a 5 UNT mientras los sistemas de tratamiento se adecuaban y modernizaban hasta alcanzar los 2UNT, este tiempo de transición se cumplió en junio de 2010 para los sistemas de acueducto que abastecen a más de 100.000 personas en un mismo municipio, por lo que este informe contiene información de todo el año 2011.

 

Para el mes de julio de 2012 termina el periodo de transición para TODOS los demás acueductos, por lo tanto en el año 2013 todos los sistemas de acueducto del país deben suministrar agua con un nivel de turbiedad menor a 2UNT, para esto es necesario que todos los prestadores del servicio de acueducto en el país verifiquen que las obras de adecuación y modernización hayan terminado o estén terminando en la actualidad.

 

Ver Anexo

NIVEL DE RIESGO AÑO 2012

La Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, aplicando la metodología expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA- a través de la Resolución 315 de 2005, modificada parcialmente por las Resoluciones 361 de 2006, 435 de 2007 y 473 de 2008, presenta los resultados del Nivel de Riesgo de los prestadores que atienden los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo para el año 2012, a partir de la información reportada a través del Sistema Único de Información - SUI.

 

Los resultados de la clasificación de nivel de riesgo del año 2012 de las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, son base para iniciar las acciones de vigilancia y control especial o detallada por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, las empresas que presenten un nivel de riesgo Alto o Medio en alguno de los indicadores calculados deberán adelantar acciones de corto y mediano plazo con el fin de subsanar las deficiencias presentadas.

Entre tanto acorde con los resultados de la mencionada clasificación, las empresas que no habían cargado al SUI la información requerida para el cálculo del nivel de riesgo; es decir la información financiera con corte 31 de diciembre del 2011 y la información técnica operativa y teniendo en cuenta que las fechas en los actos administrativos que ordenan su reporte se encuentran ampliamente vencidas, se le requiere reportar esta información de MANERA INMEDIATA, sin que se entienda ampliado ningún plazo de reporte, por lo que el reporte extemporáneo no modificará el cálculo realizado y publicado en la página web de esta Entidad

Informe Nacional de Riesgo 2012

IFA - IOCA Mayores 2.500 (2010 - 2011)

 

Mostrando el intervalo 1 - 10 de 48 resultados.
Página de 5
Servicios a empresas

Formatos de Pago

Video ayudaFormato de pago        
nit dv

Servicios a funcionarios